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Los auditores preocupados por explicar su papel en la lucha contra la corrupción 
 
  • El auditor puede ayudar a descubrir delitos financieros y a disuadir a los delincuentes, pero su trabajo no es perseguir el fraude
  • La combinación de limitaciones inherentes a la auditoría y la aplicación del principio de materialidad reduce la posibilidad de que el auditor detecte un fraude
  • Los costes de corrupción en la economía de la UE ascienden a 120 mil millones de euros, cifra un poco inferior al presupuesto total de la UE
  • La encuesta del Eurobarómetro sobre la corrupción indica que en la UE cuatro de cada 10 empresas consideran que la corrupción es un problema para hacer negocios
 
Madrid, 12 de junio de 2018.
 
Los auditores están preocupados por explicar su papel en la lucha contra la corrupción, según se desprende del informe El papel de auditor en la lucha contra el crimen financiero, elaborado por Accountancy Europe (antes Federación Europea de Expertos Contables), entidad de la que forma parte el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE).

El papel del auditor y su responsabilidad en la lucha contra el crimen financiero, incluido el fraude a través de la auditoría, viene definido por las normas de auditoría y la normativa aplicable (fundamentalmente Directiva de la Unión Europea contra el blanqueo de capitales). Dicho papel y responsabilidad también se basan en la ética y en el escepticismo profesional como parte de los principios a los que todo auditor debe adherirse.

El desarrollo de herramientas de análisis de datos ofrece nuevas oportunidades a los auditores para combatir el crimen financiero, y, en consecuencia, la profesión se compromete al desarrollo de estas herramientas y nuevas cualificaciones necesarias en esta área.

Actuaciones para descubrir delitos financieros
 
El auditor puede ayudar a descubrir delitos financieros y disuadir a los delincuentes mediante la realización, entre otras, de las siguientes actuaciones que se derivan de dicha normativa:
  • Evaluación de la aceptación o continuidad de la relación con un cliente.
  • Conocimiento de la entidad y su entorno (sector de la entidad y modelo de negocio, marco regulatorio y legal aplicable, estructura de propiedad y gobierno incluido el control interno, etc).
  • Procedimientos específicos dirigidos a responder los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude, incluido el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a las que la entidad auditada esté sujeta (incluida la normativa nacional sobre corrupción y blanqueo de capitales).
  • Informar a los RGE de la entidad auditada y comunicar incidentes relacionados con el fraude o con incumplimientos en el informe de auditoría.
  • Si no está prohibido por la ley, informar sobre incidentes relacionados con el crimen financiero a una autoridad competente ajena a la entidad.
  • Al auditor se le requiere informar de sospechas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo perpetradas por un cliente.
 
No obstante, existen limitaciones inherentes de la auditoría, tales como:
  • Las normas de auditoría sólo abordan el fraude resultante de información financiera fraudulenta o de apropiación indebida de activos.
  • El uso de juicio en las estimaciones contables deja margen para posibles inexactitudes.
  • El auditor no hace pruebas sobre la totalidad de saldos y transacciones si no que utiliza técnicas de muestro para su selección.
Limitaciones inherentes de la auditoría
 
Debido a las limitaciones inherentes de la auditoría, no se espera que el auditor obtenga una seguridad absoluta de que los estados financieros están libres de incorrección material debida a fraude o error, ni es posible obtenerla. La combinación de limitaciones inherentes a la auditoría y la aplicación del principio de materialidad reduce la posibilidad de que el auditor detecte un fraude, especialmente si su impacto es inmaterial para los estados financieros.
 
El trabajo del auditor y el fraude
 
El auditor no hace pruebas sobre todas las transacciones, pero utiliza métodos de muestreo para seleccionar transacciones y saldos para hacer pruebas de auditoría. Existe, en consecuencia, un riesgo inherente de que los procedimientos de auditoría, a pesar de haber sido aplicados adecuadamente utilizando muestras representativas, no detecten un fraude o un error material en los estados financieros.

Una limitación a la posibilidad del auditor de obtener evidencia de auditoría puede deberse, por ejemplo, a la posibilidad de que la dirección u otros no proporcionen la información completa relevante para la preparación de los estados financieros o aquella solicitada por el auditor. Como resultado, el auditor no puede evaluar correctamente si la información es completa.

Los procedimientos de auditoría utilizados para la obtención de evidencia pueden no ser efectivos para la detección de una incorrección intencionada debido a la utilización de planes sofisticados para la ocultación del fraude, por ejemplo, documentación falsificada entregada al auditor.

Por lo tanto, el papel central de los auditores es revisar y verificar los estados contables para garantizar que son una imagen fiel de la realidad de la empresa. Si bien han de mantenerse alerta, en aplicación de los principios de independencia y escepticismo profesional, ante cualquier circunstancia que pueda llevar a pensar que se está produciendo alguna irregularidad, pero nunca serán detectives que investigan y persiguen el fraude.

El coste de la corrupción en la UE: 120 mil millones de euros
 
Los costes de corrupción en la economía de la UE ascienden a 120 mil millones de euros, cifra un poco inferior al presupuesto total de la UE. La encuesta del Eurobarómetro sobre la corrupción indica que en la UE cuatro de cada 10 empresas consideran que la corrupción es un problema para hacer negocios.

Por tanto, el documento de AcE concluye que afrontar con éxito el crimen financiero depende de un esfuerzo conjunto de todas las partes relevantes incluidas, los líderes empresariales, la profesión auditora, los reguladores, los emisores de normas y el sector financiero.
 
 
Puedes consultar el informe aquí.
 

 

Para más información:

Instituto de Censores Jurados de Cuenta de España (ICJCE)
Departamento Comunicación
Teléfono: 91 446 03 54

Paseo de la Habana, 1 28036 - Madrid | Teléfono: +34 91 446 03 54 | auditoria@icjce.es
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