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NIIF 16 dará más transparencia a los activos y pasivos por alquileres de las empresas
 
La nueva norma de información financiera sobre arrendamientos (NIIF 16) aprobada por el International Accounting Standards Board tras muchos años de debate supone un cambio de criterio respecto a la norma vigente (NIC 17), ya que requerirá que las empresas incorporen en sus balances la mayoría de los arrendamientos, sin que resulte por lo tanto aplicable la clasificación actual de los contratos en las categorías de operativo o financiero. La norma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2019.
 
Los arrendamientos ofrecen una fuente importante y flexible de financiación para muchas empresas. Sin embargo, la norma contable anterior (la NIC 17 Arrendamientos) hacía que sea difícil para los inversionistas y otros obtener una imagen precisa de los activos y pasivos de arrendamiento de una empresa, sobre todo para las industrias tales como los sectores de líneas aéreas, comercio al por menor y de transporte
 
El tratamiento contable de los arrendamientos en la contabilidad del arrendatario cambiará de forma notable. La NIIF 16 elimina el modelo de contabilidad dual para arrendatarios que distingue entre los contratos de arrendamiento financiero que se registran dentro del balance y los arrendamientos operativos para los que no se exige el reconocimiento de las cuotas de arrendamiento futuras. En su lugar, se desarrolla un modelo único, dentro del balance, que es similar al de arrendamiento financiero actual.
 
Todas las empresas necesitarán evaluar la magnitud de los impactos de la norma para que puedan entender las implicaciones en su actividad de negocio. Las áreas de enfoque pueden incluir:
  • El efecto de la norma en los resultados financieros.
  • Los costes de implementación. 
  • El efecto de los cambios propuestos a las prácticas de negocio.
El coste futuro de los contratos de arrendamiento operativo de las empresas deberá incluirse en el balance, en el activo figurará como un derecho de uso del activo y en el pasivo (deuda) como un compromiso de pago al arrendador. El derecho de uso será objeto de amortización sistemática durante el periodo del arrendamiento. Quedan excluidos de la norma los alquileres de menos de un año y los que afecten a activos pequeños. Por tanto, se incrementará el tamaño del balance con nuevos activos pero también aumentará su endeudamiento.
 
Los impactos van más allá del balance. También se producirán cambios durante la vigencia del contrato de arrendamiento. En particular, las empresas deberán aplicar un patrón anticipado de reconocimiento de gastos en la mayoría de los contratos, aun cuando abonan rentas anuales constantes.
 
Aparte de los efectos contables, los nuevos requisitos modifican de una forma significativa los indicadores habituales utilizados por las entidades, inversores y analistas tales como el EBITDA, EBIT y la rotación de activos, convenants, entre otros, circunstancia que deberá explicarse y que afectará la información histórica disponible en las empresas y en el mercado.
 
El IASB considera que el nuevo requerimiento aproxima la contabilidad de alquileres al siglo XXI, acabando con las estimaciones a ojo para determinar estas obligaciones las empresas, que a veces son muy sustanciales.
 
Bajo esta nueva norma, las empresas deberán reconocer nuevos activos y pasivos. En la actualidad, analistas e inversores deben ajustar los estados financieros para obtener información de las operaciones de arrendamiento que las empresas mantienen fuera de balance de acuerdo con la NIC 17.
 
Por primera vez, los analistas podrán disponer de la información correspondiente a los pasivos por arrendamientos, calculada utilizando una metodología establecida que resultará obligatoria para todas las empresas que reportan bajo normativa internacional.
 
Podemos concluir que esta norma dará más transparencia a los activos y pasivos por alquileres de las empresas y podremos comparar las empresas que alquilan y las que piden dinero para comprar activos.
 
Borja Urrutia es Gerente de Auditoría de BDO Auditores, S.L.P.
 
Consulte el artículo en el blog Coordenadas de BDO.

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