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El Digital Técnico
 
Publicación de las NIA-ES del Sector Público
 
La Intervención General de la Administración del Estado ha publicado la aprobación de la adaptación de las Normas de Auditoría del Sector Público a las Normas Internacionales de Auditoría.
 
Este proceso de adaptación ha dado lugar a treinta y cuatro NIA-ES-SP, acompañadas cada una de ellas de una Nota Explicativa y un Glosario de Términos. Además, y como complemento de las normas sobre incompatibilidad e independencia aprobadas por la IGAE, se ha elaborado un Código de Ética para la auditoría pública acorde con esta nueva normativa e inspirado en los pronunciamientos internacionales en la materia.
 
Como aspectos destacables de este marco normativo señalamos los siguientes:
Este nuevo marco normativo será de aplicación obligatoria en los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales que se inicien a partir del 1 de enero de 2019, realizados por la Intervención General de la Administración del Estado, así como también por auditores privados que sean contratados por ésta. Igualmente, de acuerdo a lo dispuesto por el RD 424/2017, por el que se aprueba el Régimen de Control Interno del Sector Público Local, estas normas son también de aplicación a los trabajos de auditoría de cuentas que realicen las Intervenciones Locales sobre sus entes dependientes, tanto mediante medios propios, como mediante colaboración con auditores privados.
  • Las Notas Explicativas que se añaden a cada NIA-ES-SP contienen referencias a la legislación pública y se explican aspectos más significativos específicos o singulares devenidos por la legislación.
  • No se distingue entre entidades que son de interés público de las que no lo son, por lo que se omite cualquier referencia y efectos a esta condición. Es decir, se asigna el concepto de entidad listada o pública a todas las entidades del sector público a efectos de la NIA-ES-SP 1701 Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría emitido por un auditor público, lo que supone que todos los informes deberán incluir esta sección.
  • Se habilita un espacio en la estructura del informe para incumplimientos legales que no afectan a la imagen fiel, en concreto en la sección Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios.
 
Este nuevo marco normativo será de aplicación obligatoria en los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales que se inicien a partir del 1 de enero de 2019, realizados por la Intervención General de la Administración del Estado, así como también por auditores privados que sean contratados por ésta. Igualmente, de acuerdo a lo dispuesto por el RD 424/2017, por el que se aprueba el Régimen de Control Interno del Sector Público Local, estas normas son también de aplicación a los trabajos de auditoría de cuentas que realicen las Intervenciones Locales sobre sus entes dependientes, tanto mediante medios propios, como mediante colaboración con auditores privados.
 
A partir de ese momento quedan derogadas la Norma Técnica sobre los informes de auditoría de cuentas anuales emitidos por la IGAE, de 11 de noviembre de 2013, así como las Normas de Auditoría del Sector Público, aprobadas el 14 de febrero de 1997, en la parte que se corresponda con la auditoría de cuentas, manteniendo su vigencia en la parte que sea de aplicación a la auditoría operativa y de cumplimiento. También quedan derogadas las normas relativas al sujeto auditor contenidas en las Normas de Auditoría del Sector Público.
 
Puedes acceder tanto a la Resolución como las NIA-ES-SP pinchando aquí
 
Esperamos que os resulte de utilidad.

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